miércoles, 19 de noviembre de 2008

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN

2. CENTRO
2.1. Entradas y salidas
2.2. Aulas
2.3. Patio
2.4. Aulas específicas
2.5. Aulas de informática
2.6. Pasillos
2.7. Gimnasio y pistas deportivas
2.8. Biblioteca
2.9. Servicios
2.10. Otros servicios del Centro
2.11. Utilización de las instalaciones

3. COMUNIDAD EDUCATIVA
3.1.Alumnado
3.2. Resolución de conflictos
3.3. Tratamiento del conflicto
3.4. Funciones del profesorado
3.5. Padres y madres. Tutores legales
3.6. Órganos de gobierno del Centro

4. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

5. REVISIÓN Y APORTACIONES A ESTE REGLAMENTO
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO

1. INTRODUCCIÓN

Esta comunidad educativa asumirá en todo momento los valores que dan fundamento a una educación integral basada en la libertad, la responsabilidad, la autonomía y la participación democrática.

Basándose en este principio el Reglamento de Régimen Interno (RRI) es un instrumento que tiene como objetivo regular el funcionamiento del Centro para que las actividades educativas que en él se llevan a cabo sean acordes con estos valores. Se ha de entender, por tanto, que sus diversos puntos tienden a conseguir el desarrollo correcto de las actividades académicas, el respeto mutuo entre los miembros de la comunidad educativa y el uso adecuado de las instalaciones que son un bien colectivo.

Para que este Reglamento sea eficaz y regule de forma real la vida del Centro se requiere:
Información de sus diversos puntos a alumnos, profesores, padres y personal no docente del Centro.
Clara definición de los derechos y responsabilidades de todos los miembros de la comunidad educativa.
Evaluación periódica de su funcionamiento que haga posible correcciones y mejoras.

2. CENTRO

2.1. ENTRADAS Y SALIDAS.

Las puertas se abrirán todos los días cinco minutos antes de la primera hora y se cerrarán cinco minutos después de que suene el timbre de entrada a la primera clase, tanto de la mañana como de la tarde.
Los alumnos sólo podrán salir del Centro previa autorización familiar durante las horas lectivas.
La asistencia al Centro es obligatoria. Los padres justificarán, por escrito las faltas de asistencia de sus hijos. El justificante se presentará el día de incorporación del alumno a clase.
En caso de ausencia prevista del profesor para la primera hora lectiva, los alumnos de 2º ciclo de la ESO, bachillerato y Ciclos de grado Medio o Superior, podrán acudir al Centro a segunda hora, siempre y cuando esto haya sido autorizado por los padres o tutores legales.
En caso de ausencia del profesor de un grupo, de 2º ciclo de secundaria, bachillerato, o ciclos, en la última hora lectiva de la mañana (siempre que sea 6ª o 7ª), los alumnos que hayan sido autorizados previamente por los padres o tutores legales podrán salir del Centro. Solo serán válidas las autorizaciones que rellenen los padres o tutores legales en presencia del tutor del grupo o en secretaría del Centro previa identificación.
Habrá un registro de los alumnos no autorizados y que, por tanto, deberán permanecer en clase. El control de asistencia y vigilancia corresponderá al profesor de guardia.
Profesores y alumnos deberán llegar con puntualidad en cambios de clases, guardias, y durante todas las horas lectivas.

2.2. AULAS

El profesor será el primero en entrar a las aulas y último en salir antes de los recreos o si los alumnos tienen clases en cualquier aula específica. Antes de hacerlo comprobará que los alumnos hayan bajado persianas según el turno establecido por el tutor y el horario general, cerrando con llave las puertas al salir.
El cambio entre clase y clase y la vuelta del recreo se hará correctamente (sin gritar, correr, empujar, saltar, etc.).
El comportamiento de los alumnos en las aulas será en todo momento el adecuado a las normas básicas de convivencia, evitándose el mal uso o deterioro intencionado del material. Los alumnos se abstendrán de comer o beber en las aulas.
Debe evitarse abatir las ventanas y asomarse al exterior debido al peligro que ello supone.
Los alumnos permanecerán en las aulas durante los periodos lectivos y entre clases. En las horas de descanso abandonarán el interior del edificio y saldrán al patio.
En las clases habilitadas para más de un grupo se expondrá en el tablón un horario de utilización del aula.
Está terminantemente prohibido llevar teléfono móvil encendido dentro de las aulas. Los teléfonos móviles de aquellos alumnos que sean sorprendidos en clase jugando o llamando serán requisados por el profesor y entregados a jefatura de estudios para, previa entrevista, devolverlos a los padres.

2.3PATIO

Del patio o lugar donde permaneceremos el tiempo de ocio se excluye:
La entrada del recinto escolar: vestíbulo
La zona trasera del gimnasio, del edificio del taller de FP y la zona de aparcamiento
El huerto.
Se evitará el intercambio con personas ajenas al Centro a través de las verjas y se considerará como falta grave el saltar las vallas.
El patio es una parte importante del Centro y por tanto se cuidará de su limpieza, utilizando las papeleras, respetando las fuentes, farolas, árboles y jardines.
Durante las horas lectivas no se interferirá en el desarrollo de las clases de Educación Física. El patio es el aula de las clases de Educación Física y por tanto debe ser respetada.
La zona de aparcamiento estará reservada para el uso exclusivo del profesorado, PAS, servicio de limpieza y trabajadores del bar.
Si fallan los servicios del patio se habilitará un acceso al edificio para que los alumnos puedan ir al baño durante el recreo.

2.4AULAS ESPECÍFICAS

Se utilizarán cuando estén los profesores titulares. Si el profesor faltara o los alumnos no tuvieran clase por cualquier circunstancia, los profesores de guardia atenderán a los alumnos en sus aulas de referencia o en la biblioteca si estas estuvieran ocupadas.

2.5AULAS DE INFORMÁTICA

Cuando no se ocupen para la clase de informática podrán utilizarse previa reserva y cumpliendo las normas establecidas

2.6PASILLOS.

Los profesores de guardia vigilarán los pasillos de las diferentes plantas si no deben realizar ninguna sustitución.
El buen uso de las instalaciones se extremará en lo que hace referencia a extintores, pulsadores de incendios, mangueras y puertas anti-pánico, pues contribuyen a la seguridad de todos.
La rotura o manipulación intencionada de elementos de seguridad es una falta grave.

2.7GIMNASIO Y PISTAS DEPORTIVAS

Como norma general el acceso al gimnasio se realizará por el patio. En las instalaciones deportivas se cumplirán las normas establecidas por el Departamento.

2.8BIBLIOTECA

Es un lugar para lectura, consulta, préstamo de libros y estudio.
Los alumnos recibirán asesoramiento de los encargados de la Biblioteca. Podrán tomar prestados libros previa presentación del Carnet Escolar.
Deberán respetar los recursos y el mobiliario, trabajando en silencio y devolviendo los libros en el plazo pactado.
Al igual que en las clases no se podrán utilizar móviles en el recinto, ni consumir comidas y bebidas. Deberán seguir las recomendaciones y normas establecidas.
Para poder utilizar la Biblioteca los alumnos deberán estar acompañados por un profesor o encargado. En la puerta de la biblioteca se expondrá el horario de utilización.

2.9 SERVICIOS

Los aseos son un espacio compartido y son necesarios en cualquier centro público. Su utilización requiere de higiene y limpieza a la que todos debemos contribuir.
Fumar en los lavabos, hacer mal uso del agua o deteriorar sus instalaciones hacen imposible que puedan ser utilizados o al menos lo sean en unas condiciones dignas y por tanto estas faltas son consideradas graves pues grande es el perjuicio que causan.

2.10 OTROS SERVICIOS DEL CENTRO

Cafetería:
Los alumnos solo podrán utilizar este servicio en las horas de los descansos. No se podrá, por tanto, permanecer en sus dependencias durante las horas lectivas ni entre clases.
Se respetarán las normas del local.
Aquellos alumnos que hayan de reservar el bocadillo podrán hacerlo a primera hora de la mañana antes de comenzar las clases, en los 5 minutos que hay desde que se abren las puertas hasta que comienzan las clases, o el día anterior.
Excepcionalmente el profesor de guardia podrá permitir a un grupo de bachillerato o ciclos formativos permanecer en la cafetería.

Conserjería:
Se atenderá a profesores y alumnos según las normas establecidas para la realización de fotocopias que estarán expuestas en la puerta del servicio de reprografía para conocimiento público de todos los usuarios.
Las funciones de los conserjes están establecidas por el convenio que regula su trabajo, entre ellas hay que destacar la de abrir y cerrar puertas, control de salidas y entradas del alumnado, atención a familias, proveedores y personal ajeno al centro, atención al teléfono, entrega de llaves específicas que deberán ser devueltas cuando se acabe la actividad, y cualesquiera otras que pueda determinar la dirección del Centro.

Secretaría:
La Secretaría permanece abierta todos los días de 8’30 a 14’30 horas y los días que establezca la dirección del centro por la tarde de 15’30 a 17’30. La atención al público será todos los días de 09:30 horas hasta las 13:30 horas y por las tardes que haya clase de 15:30 horas a 17:00 horas.

Taquillas:
Es un servicio complementario que se ofrece al alumno para que deje sus pertenencias personales.
Habrá un profesor encargado y unas normas de uso.

2.11 UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES

Todos los miembros de la comunidad educativa deben hacer buen uso de las dependencias de los edificios e instalaciones exteriores.
Los miembros de la comunidad educativa podrán disponer de las instalaciones en cualquier actividad educativa que se organice. Dicha actividad deberá ser aprobada por la dirección del Centro y será controlada por una persona que asuma la responsabilidad ante esta dirección.
Con carácter general no se podrán utilizar móviles ni cámaras en el Centro. En caso de necesidad podrá utilizarse el teléfono de la sala de profesores, el de conserjería o el de secretaría.
Los teléfonos móviles retirados a los alumnos permanecerán en depósito en la jefatura de estudios hasta una semana. En caso de reincidencia podrá aumentarse hasta un mes el periodo de sanción y a su cumplimiento se entregará exclusivamente a los padres del alumno. Los profesores y alumnos deben colaborar para que el Centro se mantenga limpio tanto en las aulas como en el pasillo y patio, evitando ensuciar, haciendo uso de las papeleras, participando en actividades de limpieza esporádicas que el Equipo Directivo coordinará, etc.
La utilización de MP3 en alguna clase se producirá únicamente con autorización expresa del profesor.
Los desperfectos causados voluntariamente o por un uso negligente serán costeados por los responsables de su deterioro.

3 COMUNIDAD EDUCATIVA

3.1 ALUMNADO

3.1.1 Junta de Delegados
Se constituirá a comienzo de curso con los representantes de todas las clases.
Sus principales funciones son las siguientes:
Informar a sus representantes en el Consejo Escolar.
Propondrá actividades docentes y extraescolares.
Colaborará con el Equipo Directivo para la mejora y organización del centro.
Defenderá los intereses de los alumnos.
Participará en las comisiones que se establezcan.
Elegirá representante de centro en la primera reunión de la Junta.

3.1.2. Asociación de alumnos.
Eventualmente podrán constituirse asociaciones de alumnos con la finalidad de hacer propuestas, debatir ideas, elevar críticas y trasladarlas al Equipo Directivo y Consejo Escolar.
El profesorado y el Equipo directivo del Centro orientarán y favorecerán la participación de los alumnos en la vida del Centro.
En el momento de matricularse se provee a los alumnos de un carnet escolar. El alumno debe llevar siempre encima este documento de manera que pueda identificarse como tal si algún profesor se lo demanda. Asimismo le servirá para poder utilizar el servicio de préstamo de libros de la biblioteca y para identificarse como estudiante frente a los organismos que emiten carnets de estudiante internacional.

3.1.3 Seguro Médico de los Alumnos:
Todos los alumnos del centro poseen un seguro de asistencia médica.
Los alumnos del primer ciclo de secundaria pagan un seguro médico que contrata la Dirección del Centro con una compañía de seguros.
Los alumnos de cursos superiores pagan el seguro escolar junto con la matrícula.
Cuando un alumno cae enfermo o sufre un accidente o cualquier tipo de percance que afecta a su salud se comunica al profesor del aula, si se encuentra en clase, o al profesor de guardia.
El profesor de guardia atenderá al alumno y valorará si es preciso llamar al servicio médico y/o a los padres.
Cuando un alumno es atendido por el servicio médico el profesor que se hizo cargo de él deberá rellenar los partes que, a tal efecto, se encuentran en conserjería y solicitar al alumno toda aquella documentación o información que fuese necesaria.

3.1.4 Derechos y Deberes
Entendemos por conflicto cuando en el centro se produce cualquier impedimento en el desarrollo y realización de las plenas potencialidades de persona (Galtung, 1985).

Como elemento objetivo existe conflicto cuando no se cumplen las normas que nos hemos otorgado a través de los acuerdos de convivencia fijados en el presente Reglamento.

El conflicto es un fenómeno natural de las organizaciones y, por tanto, también de nuestro centro. Hay que tratarlo con normalidad y no como algo excepcional. Lo importante no es centrarnos en el conflicto, sino en su resolución.

Creemos que es importante abordar los conflictos desde tres perspectivas (según Galtung, 1998).
La reconciliación entre las personas
Reconstrucción para reparar el daño ocasionado.
Resolución, cambios de comportamiento u organizacionales para prevenir nuevos conflictos.

3.1.5. Derecho a huelga
Se considera que pueden hacer huelga los alumnos de 3º de ESO o cursos superiores, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
* Las decisiones colectivas de inasistencia a clase adoptadas por los alumnos deberán disponer de la correspondiente autorización de sus padres, madres, tutores o tutoras, en el caso que sean menores de edad.
* Las decisiones colectivas de inasistencia a clase, a las cuales se refiere el apartado anterior, tendrán que estar avaladas por más de 20 alumnos.
* La autorización del padre, madre, tutor o tutora del alumno o de la alumna para no asistir a clase implicará la exoneración de cualquier responsabilidad del centro derivada de la actuación del alumno o de la alumna, tanto con el resto del alumnado como con respecto a terceras personas.
* La autorización del padre, madre, tutor o tutora del alumno o de la alumna deberá cumplimentarse conforme al modelo establecido en el anexo II del Decreto 39/2008 de 4 de abril.
* En todo caso, el centro docente garantizará el derecho a asistir a clase y a permanecer en el centro debidamente atendido al alumnado que no desee ejercitar su derecho de reunión en los términos previstos en la legislación vigente, así como a los alumnos o las alumnas que no dispongan de la preceptiva autorización de sus padres, madres, tutores o tutoras.
* Las decisiones colectivas de los alumnos o las alumnas de ejercer su derecho de reunión, que impliquen la inasistencia a clase y la autorización de los padres, madres, tutores o tutoras de los alumnos o las alumnas, deberán ser comunicadas a la dirección del centro con una antelación mínima de cinco días naturales.
* El centro comunicará a los padres, madres, tutores o tutoras, con carácter previo, las decisiones colectivas adoptadas por los alumnos o las alumnas respecto al ejercicio del derecho de reunión.


3.2 LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

Afrontar las conductas inadecuadas es necesario en todo marco de convivencia. Es el momento final de un proceso a lo largo del cual se ha intentado crear hábitos de comportamiento y se ha fomentado la valoración del respeto de los derechos del resto de miembros de la comunidad educativa y del colectivo en su conjunto.

3.2.1 Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro educativo y medidas correctoras
Las conductas y medidas correctoras que se apuntan a continuación son orientativas para su consideración por quien, en cada caso, deba evaluarlas y analizar las diversas circunstancias que concurren las situaciones concretas.
Uno de los principales valores a conseguir en la comunidad escolar es la de la convivencia pacífica, en un ambiente de diálogo y respeto entre todas las personas que la componen. Las conductas que se señalan son consideradas, por lo tanto, más que faltas de disciplina, alteraciones de esta convivencia que intentará restablecerse por diferentes medios según la naturaleza de la conducta: diálogo, mediación, medidas correctoras, etc.

Tipificación.
Se consideran conductas contrarias a las normas de convivencia del centro educativo las siguientes:
a) Las faltas de puntualidad injustificadas.
b) Las faltas de asistencia injustificadas.
c) Los actos que alteran el normal desarrollo de las actividades del centro, especialmente los que alteran el normal desarrollo de las clases.
d) Los actos de indisciplina.
e) Los actos de incorrección o desconsideración, las injurias y ofensas contra los miembros de la comunidad educativa.
f) El hurto o el deterioro intencionado de inmuebles, materiales, documentación o recursos del centro.
g) El hurto o el deterioro intencionado de los bienes o materiales de los miembros de la comunidad educativa.
h) Las acciones que puedan ser perjudiciales para la integridad y la salud de los miembros de la comunidad educativa.
y) La negativa sistemática a llevar el material necesario para el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje.
j) La negativa a trasladar la información facilitada a los padres, madres, tutores o tutoras por parte del centro y viceversa.
k) La alteración o manipulación de la documentación facilitada a los padres, madres, tutores o tutoras por parte del centro.
l) La suplantación de la personalidad de miembros de la comunidad escolar.
m) La utilización inadecuada de las tecnologías de la información y comunicación durante las actividades que se realizan en el centro.
n) El uso de teléfonos móviles, aparatos de sonido y otros aparatos electrónicos ajenos al proceso de enseñanza-aprendizaje durante las actividades que se realizan en el centro educativo.
o) Los actos que dificultan o impidan el derecho y el deber al estudio de sus compañeros y compañeras.
p) La incitación o estímulo a cometer una falta contraria a las normas de convivencia.
q) La negativa al cumplimiento de las medidas correctoras adoptadas delante de conductas contrarias a las normas de convivencia.
r) El uso inadecuado de las infraestructuras y bienes o equipos materiales del centro
s) La desobediencia en el cumplimiento de las normas de carácter propio del centro y que estén incluidas en su proyecto educativo.

3.2.1.1. Medidas educativas correctoras
a) Amonestación verbal.
b) Comparecencia inmediata delante del jefe o la jefa de estudios o el director o directora.
c) Amonestación por escrito.
d) Retirada de teléfonos móviles, aparatos de sonido u otros aparatos electrónicos ajenos al proceso de enseñanza-aprendizaje, utilizados de manera reiterada durante las actividades que se realizan en el centro educativo. Se retirarán apagados y serán vueltos a los padres, madres, tutores o tutoras legales en presencia del alumno o de la alumna. En caso de que el alumno o el alumbre sea mayor de edad, se le volverá una vez finalizada la jornada lectiva. No obstante, el uso de aparatos electrónicos en el recinto de los centros docentes se podrá prohibir, siempre que no sean necesarios para llevar a cabo las tareas docentes, si así lo prevé el reglamento de régimen interior del centro.
e) Privación de tiempo de recreación por un período máximo de cinco días lectivos.
f) Incorporación al aula de convivencia.
g) Realización de tareas educadoras por el alumno o la alumna en horario no lectivo. La realización de estas tareas no se podrá prolongar por un período superior a cinco días lectivos.
h) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias que tenga programadas el centro durante los quince días siguientes a la imposición de la medida educativa correctora.
i) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un período no superior a cinco días lectivos. Durante la impartición de esas clases, y con el fin de evitar la interrupción del proceso formativo del alumnado este permanecerá en el centro educativo efectuando los trabajos académicos que le sean encomendados por parte del profesorado que le imparte docencia. El jefe o la jefa de estudios del centro organizará la atención a este alumnado.

3.2.1.2 Prescripción
1. Las conductas contrarias a las normas de convivencia prescribirán en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de comisión.
2. Las medidas educativas correctoras adoptadas por conductas contrarias a las normas de convivencia prescribirán en el plazo de un mes desde su imposición.

3.2.1.3. Reiteración de conductas contrarias a la convivencia y falta de colaboración con los padres, madres, tutores o tutoras
1. En aquellos supuestos en que, una vez llevada a cabo la corrección oportuna, el alumno o la alumna continúe presentando reiteradamente conductas perturbadoras para la convivencia en el centro, además de aplicar las medidas educativas correctoras que correspondan, se trasladará, con la comunicación previa a los padres, madres, tutores o tutoras legales en el caso de menores de edad, a las instituciones públicas que se consideran oportunas, la necesidad de adoptar medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias personales, familiares o sociales del alumno o la alumna que puedan ser determinantes de la aparición y persistencia de dichas conductas.
2. En aquellas actuaciones y medidas educativas correctoras en que el centro reclame la implicación directa de los padres, madres, tutores o tutoras del alumno o la alumna y estos la rechacen, el centro lo comunicará a la administración educativa, para que se adopten las medidas oportunas para garantizar los derechos del alumno y de la alumna.

3.2.2. Conductas gravemente perjudiciales para a la convivencia en el centro
Tipificación
Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro:--
a) Los actos graves de indisciplina y las injurias u ofensas contra miembros de la comunidad educativa que sobrepasen la incorrección o la desconsideración previstas en el apartado 3.2.1 del presente RRI.
b) La agresión física o moral, las amenazas y coacciones y la discriminación grave a cualquier miembro de la comunidad educativa, así como la falta de respeto grave a la integridad y dignidad personal.
c) Las vejaciones y humillaciones a cualquier miembro de la comunidad escolar, particularmente si tienen un componente sexista o xenófobo, así como las que se realizan contra los alumnos más vulnerables por sus características personales, sociales o educativas.
d) El asedio escolar.
e) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente.
f) La falsificación, el deterioro o la sustracción de documentación académica.
g) Los daños graves causados en los locales, materiales o documentos del centro o en los bienes de los miembros de la comunidad educativa.
h) Los actos injustificados que perturban gravemente el normal desarrollo de las actividades del centro.
y) Las actuaciones que puedan perjudicar o perjudican gravemente la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.
j) La introducción en el centro de objetos peligrosos o sustancias perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa.
k) Las conductas tipificadas como contrarias a las normas de convivencia del centro educativo si concurren circunstancias de colectividad o publicidad intencionada por cualquier medio.
l) La incitación o el estímulo a cometer una falta que afecto gravemente a la convivencia en el centro.
m) La negativa reiterada al cumplimiento de las medidas educativas correctoras adoptadas delante de conductas contrarias a las normas de convivencia.
n) La negativa al cumplimiento de las medidas disciplinarias adoptadas ante las faltas que afectan gravemente la convivencia en el centro.
o) El acceso indebido o sin autorización a ficheros y servidores del centro.
p) Actos atentatorios con respecto al proyecto educativo, así como al carácter propio del centro.

3.2.2.1.Medidas educativas disciplinarias
Ante las conductas tipificadas en el punto anterior, el centro tomará las siguientes medidas disciplinarias:
2. Las medidas disciplinarias que se impondrán por incurrir en las conductas tipificadas en el punto anterior, letras h), m) y n), son las siguientes:
Realización de tareas educadoras para el alumno o la alumna, en horario no lectivo, por un período superior a cinco días lectivos e igual o inferior a quince días lectivos.
Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares o complementarias que tenga programadas el centro durante los treinta días siguientes a la imposición de la medida disciplinaria.
Cambio de grupo o clase del alumno o la alumna por un período superior a cinco días lectivos e igual o inferior a quince días lectivos.
Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un período comprendido entre seis y quince días lectivos. Durante la impartición de esas clases, y con el fin de evitar la interrupción del proceso formativo del alumnado, éste permanecerá en el centro educativo efectuando los trabajos académicos que le sean encomendados por parte del profesorado que le imparte docencia. El jefe o la jefa de estudios del centro organizará la atención a este alumnado.
3. Las medidas disciplinarias que se impondrán por incurrir en las conductas tipificadas en el punto anterior, excepto las letras h), m) y n), son las siguientes:
a) Suspensión del derecho de asistencia en el centro educativo durante un período comprendido entre seis y treinta días lectivos. Para evitar la interrupción en su proceso formativo, durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o la alumna deberá realizar los trabajos académicos que determine el profesorado que le imparte docencia. Se determinarán los mecanismos que posibilitan un adecuado seguimiento de dicho proceso, se especificará la persona encargada de llevarlo a término y el horario de visitas en el centro por parte del alumno o la alumna, sancionado o sancionada.
b) Cambio de centro educativo. En caso de aplicar esta medida disciplinaria, al alumnado que se encuentre en edad de escolarización obligatoria, la administración educativa le proporcionará una plaza escolar en otro centro docente sostenido con fondos públicos, con garantía de los servicios complementarios que sean necesarios, condición sin la que no se podrá llevar a cabo dicha medida.


3.3 TRATAMIENTO DEL CONFLICTO.
En caso de producirse cualquier tipo de falta se procederá de la siguiente manera:

3.3.1. Profesores:

Las observadas fuera de clase:

El profesor que las detecte informará al tutor correspondiente mediante el modelo establecido a tal efecto. El tutor en función de lo que establece este RRI procederá a imponer la sanción pertinente y la comunicación a los padres. En caso necesario comunicará la falta a Jefatura de Estudios y se tratará en la Comisión de Convivencia.
El tutor deberá guardar copia de la comunicación a los padres.

Las observadas dentro de clase:

Cuando la incidencia observada haga referencia a un alumno se realizará la comunicación a los padres por el profesor. Si lo considera conveniente realizará el parte establecido a tal efecto y lo comunicará a los padres y al tutor.
Cuando se considere que la incidencia afecta al buen funcionamiento de la clase se comunicará necesariamente por escrito al tutor/a del grupo y, se comunicará a los padres.
Cuando la falta sea muy grave se comunicará directamente a la Comisión de Convivencia y/o a la Jefatura de Estudios.

Procedimiento a seguir:
1. Avisar al alumno y si hace caso omiso enviarle con trabajo a la sala de guardias, que deberá ser revisado por el profesor.
2. Si la falta cometida se considera grave se apercibirá al alumno, se rellenará el parte correspondiente y se comunicará a los padres y al tutor.
3. El tutor hablará con el alumno e informará a los padres o representantes legales del mismo cuando los apercibimientos sean frecuentes.
4. El tutor elaborará un informe para que la Comisión de Convivencia actúe si no se percibe mejoría o la falta cometida fuera muy grave.
5. Si el alumno no mejora su comportamiento se instruirá expediente.

3.3.2 Alumnos:
El alumno podrá, tras el reconocimiento de su falta, proponer medidas para resolver el conflicto. La idoneidad de estas medidas será valorada por el tutor, Jefe de Estudios o Comisión de Convivencia.

3.3.3 Comisión de Convivencia
Formada por el Jefe de Estudios, al menos un padres del Consejo Escolar, un profesor del Consejo Escolar y otro que podrá serlo o no, un alumno del Consejo Escolar o de la Junta de Delegados y la educadora social encargada del programa municipal de absentismo.
Se reunirá semanalmente y resolverá los conflictos graves estableciendo las medidas pertinentes que conduzcan a la reconciliación, a la reconstrucción del daño ocasionado y, finalmente, a la resolución con cambios de comportamiento y de organización que prevengan nuevos conflictos.
Los acuerdos de la Comisión de Convivencia se entienden refrendados por el Consejo Escolar.
Los casos que la Comisión de Convivencia considere oportuno podrán ser remitidos al pleno del Consejo Escolar para su tratamiento y resolución.

3.3.4. Comisión de Mediación

Con la mediación se intenta resolver pacíficamente y mediante el diálogo los conflictos surgidos por los mismos alumnos que están implicados en él.
Contarán con la ayuda de un profesor y un alumno debidamente preparados en las tareas de mediación.
Los alumnos podrán demandar una mediación para resolver sus conflictos o, en su caso, el Tutor o el Jefe de Estudios podrán proponerla.
Con la mediación se intenta conseguir:
La reconciliación entre los alumnos.
La toma de conciencia del daño causado al otro.
La resolución del conflicto mediante propuestas concretas conjuntamente acordadas.


3.4 FUNCIONES DEL PROFESORADO

El profesorado ha de implicarse en la buena marcha del centro colaborando en la consecución de los objetivos prefijados. Como pautas a seguir en sus actuaciones deberá:
a)Tomar siempre al alumno como eje de las actividades formativas y educativas
b)Promover en su tarea educativa los valores que permitirán al alumno ser un adulto independiente, autónomo y bien formado e informado, que asimile una escala de valores y los proyecte. La solidaridad y respeto a los demás, serán los valores que guíen el trabajo cotidiano del docente. La calidad del proceso educativo debe quedar garantizada mediante una relación plural y democrática con el alumnado.

Por respeto al alumnado y para poder realizar coherentemente la tarea educativa que les es encomendada, todos los profesores deben ser puntuales, tanto en las entradas como en las salidas y en las guardias, por tanto, queda prohibido dejar salir a los alumnos del aula antes de la finalización de la hora lectiva.

3.4.1. Profesor - Tutor:

Atenderá a su grupo clase y a los alumnos que lo componen en aspectos académicos, formativos, de convivencia y educativos en general
El profesor tutor trabajará con su grupo de alumnos del contenido del (R.R.I.)
Procurará organizar el aula nombrando responsables, adecuar el aula a las tareas de enseñanza-aprendizaje mantener la limpieza del aula, atenderá a los alumnos en la hora de tutoría individualizada.
Convocará al equipo educativo siempre que lo considere oportuno del que recibirá su colaboración.
En algunos casos excepcionales se asignará a algunos alumnos tutores personales que colaborarán con el tutor, o un cotutor si el grupo lo requiere o, incluso, se podría estudiar la figura del alumno-tutor.
Presidirá las sesiones de evaluación.
Entregará los boletines de notas al final de cada evaluación y recogerá los resguardos firmados por sus padres, tutores o representantes legales. Colaborará con el departamento de orientación para el cumplimiento del PAT (Programa d’Acció Tutorial).
Comunicará periódicamente a los padres las faltas no justificadas de sus hijos.
Los tutores de secundaria tienen en su horario una hora específica de atención a las familias.
Mantendrá una reunión trimestral, al menos, con los padres para informales de la marcha de su hijo dentro del curso.
Comunicará a Jefatura de Estudios la elección del delegado a principio de curso.
Mantendrá informadas a las familias sobre la vida escolar de los alumnos.
Para los cursos que así se establezca, al final del curso entregará personalmente, mediante cita previa, los boletines de notas a los padres o tutores legales del alumno.

3.4.2. Profesor de guardia. Ausencias y sustituciones

Los profesores de guardia controlarán y colaborarán con el Jefe de Estudios las faltas del profesorado, sustituyendo y controlando a los alumnos que estén sin profesor.
Sería conveniente que cada aula estuviese dotada de material educativo para que los alumnos realizaran actividades cuando falta el profesor.
La sustitución de compañeros ausentes es la función prioritaria del profesor de guardia.
En la Sala de Guardias y en la Sala de Profesores permanecerá un profesor de guardia.
Los profesores de guardia vigilarán los pasillos y espacios comunes para controlar el buen funcionamiento del instituto.
Los profesores que realicen guardias durante el tiempo de recreo deberán vigilar las zonas asignadas comunicando cualquier incidencia a la Dirección.
Se concretarán las funciones específicas de los profesores de guardia para cada zona.
Cuando un profesor no pueda acudir al Centro deberá avisar lo antes posible.
Si el profesor ha solicitado un permiso a la Dirección deberá dejar trabajo en el libro de guardias para que realicen los alumnos.
Las justificaciones de las faltas se deberán realizar lo antes posible ante Jefatura de Estudios, tal y como recoge la normativa legal vigente.
Si el profesor no ha sido sustituido, los alumnos, mediante el delegado u otro compañero/a, solicitarán un profesor de guardia en la sala de profesores o en su defecto a Jefatura de Estudios o Dirección.
Cuando en el transcurso de una guardia un alumno sufra un percance, caiga lesionado o se sienta enfermo, el profesor de guardia llamará al servicio médico contratado, a sus padres si lo considera conveniente, acompañará al alumno hasta que éste llegue y rellenará la documentación que, a tal efecto, se encuentra en conserjería.
Se anotarán los retrasos de los profesores en el parte de guardia.
Se aconseja la rotación de guardias de patio de todo el profesorado.

3.5 PADRES Y MADRES. TUTORES LEGALES.

Tienen derecho a:
Asociarse y colaborar con el centro.
Elegir a sus representantes legales en el Consejo Escolar.
Ser informados del calendario escolar, fechas de evaluaciones y de todos acontecimientos o actos en los que puedan estar interesados.
Comunicarse con los profesores y reunirse con ellos en la hora que, a tal efecto, tienen en su horario.
Ser informados del horario del equipo directivo, profesores y tutores.
Recibir información de la marcha académica, faltas de asistencia y cualquier otra que sea relevante en la educación de sus hijos.
Cooperar con el tutor y el departamento de orientación para mejorar el aprendizaje de sus hijos.
La AMPA dispondrá de un local dentro del centro en el cual desarrollar su actividad, de un tablón de anuncios y de un buzón en el que recoger las comunicaciones y sugerencias que la comunidad educativa quiera hacerles llegar.

3.6. ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL CENTRO

La composición y funciones de los órganos de gobierno del centro están recogidas en el Reglamento Orgánico y Funcional de los centros.
Los principales son:

Equipo directivo compuesto por:
Director/a
Vicedirector/a
Secretario/a
Jefe/a de Estudios de Enseñanzas Secundarias
Jefe/a de Estudios de Ciclos Formativos
Vicesecretario, si lo hay.
Comisión de Coordinación Pedagógica, compuesta por los jefes de Departamentos de cada uno de los Departamentos Didácticos de Secundaria y de Ciclos Formativos, así como por el Coordinador de Secundaria, el jefe/a de prácticas formativas, los jefes de estudios y el director/a.
Coordinador de Secundaria.
Jefe de prácticas Formativas
Consejo Escolar, órgano decisorio final en el que están representados todos los estamentos del centro: dirección, jefatura de estudios, profesores, padres, alumnos, personal no docente y representante del Ayuntamiento.
Claustro de profesores. Compuesto por todos los profesores del Centro.

4. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

Estas actividades se consideran muy importantes para la educación complementaria del alumnado. Y se valorará, en gran medida, el esfuerzo del profesorado que se implica en ellas, por su labor planificadora, organizativa y dedicación fuera del horario lectivo. Hay que tener en cuenta que:

Aquellas actividades que afecten al horario lectivo se diseñarán de forma que lo alteren lo menos posible. Se organizarán preferentemente en el primer y segundo trimestre, evitando las fechas de evaluación.
El claustro será informado de todas las actividades que se realicen a través de un calendario planificador que se situará en la sala de profesores.
Todas las actividades extraescolares, tanto las propuestas por los departamentos como las propuestas por la Concejalía de Juventud, previstas durante el curso escolar quedarán reflejadas en la PGA. Deberán ser aprobadas en el Consejo Escolar.
A lo largo del curso escolar se podrán añadir otras actividades que sean consideradas convenientes por los profesores y que sean aprobadas por el Consejo Escolar. Estarán también, reflejadas en la memoria final.
Los Departamentos y el Vicedirector realizarán una memoria de las mismas al finalizar el curso escolar.
Todas deberán ser autorizadas por los padres, tutores o representantes legales.
Los alumnos seguirán las instrucciones marcadas por los profesores.
Los alumnos que hayan cometido faltas graves o muy graves i aquellos que han tenido un comportamiento inadecuado en salidas anteriores, perderán el derecho de asistencia a las salidas extraescolares.
Los viajes fin de curso no podrán hacerse en época de entrega de notas o evaluaciones finales.
El Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias, o en su caso el Vicedirector, deberá autorizar todas las actividades e informar a la Dirección del Centro así como establecer el número de profesores acompañantes y el control en el parte de guardia, procurando que las ausencias causen el mínimo perjuicio posible.
La utilización de las instalaciones para actividades no propias de la vida escolar, se hará mediante convenios firmados por el Alcalde y la Dirección del Centro, permaneciendo informado el Consejo Escolar.
Es recomendable que en las actividades extraescolares realizadas fuera del instituto los alumnos sean acompañados por profesores en una relación de un profesor por cada 15 o 20 alumnos, en función de la actividad, transporte, etc. Si la actividad fuese de riesgo se velará por que el número de profesores acompañantes sea el adecuado para evitar cualquier percance.


5. REVISIÓN Y APORTACIONES A ESTE REGLAMENTO

Trimestralmente se realizará una evaluación del funcionamiento del Centro por la COCOPE, en la cual se discutirán y aprobarán las posibles propuestas de mejora aportadas por cualquiera de los componentes de la Comunidad Educativa.
Aquellos aspectos que supongan una modificación del presente Reglamento de Régimen Interno serán tenidos en cuenta, discutidos y aprobados, si es el caso, por el Consejo Escolar a final del curso.
Este Reglamento de Régimen Interno fue aprobado en Consejo Escolar el día 7 de junio de 2006 y modificado en Consejo Escolar el día 29 de junio de 2007. Últimamente se modificó el 12 de noviembre de 2008.

* Se ha utilizado en todo el documento el masculino en sentido genérico

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